Una sociedad puede conceder un préstamo económico a quien considere oportuno previa aprobación del órgano de administración o de los socio único.
El regreso del préstamo debe ir condicionado a un tipo de interés ya una periodificación. La renta obtenida en el préstamo financiero tributará de acuerdo con la Ley del Impuesto de Sociedades.
Las operaciones entre obligados tributarios no residentes fiscales y personas o entidades vinculadas se valorarán por su valor normal de mercado. Los obligados tributarios que efectúen operaciones vinculadas pueden pedir la asistencia del Ministerio de Finanzas para determinar y fijar el valor normal de mercado de estas operaciones.
Se hace referencia a personas vinculadas cuando unas mismas personas o entidades participan directa o indirectamente en la dirección, el control o el capital de dos entidades , como por ejemplo: