El Principado de Andorra trabaja desde el año 2009 en la apertura de su modelo económico y financiero , basado en la transparencia. Así pues, tras renunciar a la condición de paraíso fiscal, el gobierno andorrano ha introducido múltiples reformas legislativas, como la entrada en vigor de la Ley de Impuestos Directos sobre la Renta de No Residentes (2011), la Ley sobre el Impuesto de Sociedades (2012), la Ley sobre la Renta de las Actividades Económicas (2012), la Ley sobre el Impuesto General Indirecto (2013) o el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (2015).
Este nuevo marco fiscal ha permitido en Andorra negociar acuerdos bilaterales para evitar la doble imposición (CDI), lo que garantiza un marco de seguridad jurídica para los operadores económicos de ambos estados. Así pues, se trata de un convenio que beneficia tanto a las empresas andorranas que prestan servicios en el extranjero,ya que la facturación de su actividad en el extranjero deja de estar sometida a la retención en el origen, como a las inversiones extranjeras en Andorra , ya que las rentas quedan exentas de imposición en su lugar de residencia fiscal.
El Convenio para evitar la Doble Imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal entre el Principado de Andorra y el Reino de España , que se ratificó en septiembre de 2015 y entró en vigor en el mes de febrero de este año, es una herramienta para reducir los costes fiscales y, por tanto, impulsar el crecimiento económico.
Este acuerdo, que se basa en el modelo de convenio fiscal de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para establecer normas consensuadas y homogeneizar los problemas que puedan surgir en el ámbito de la doble imposición internacional , distribuye las competencias fiscales entre el país de residencia y el país de origen de las rentas y elimina la doble imposición de las rentas en el país de residencia.
El CDI entre el Principado de Andorra y el Reino de España está constituido por 27 artículos distribuidos en 6 capítulos que definen el tratamiento de rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, dividendos, intereses, cánones, ganancias patrimoniales, servicios personales dependientes, remuneraciones a consejeras , pensiones, estudiantes, rentas de artistas y deportistas y remuneraciones por función pública. Sin embargo, el acuerdo incluye un artículo sobre el intercambio de información fiscal entre España y Andorra.
Además, el CDI incluye las particularidades entre ambos países, así como un protocolo donde se completan e interpretan algunos artículos del convenio que pueden generar conflicto en su interpretación. Puede consultar el convenio aquí .
El Convenio para evitar la Doble Imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal entre el Principado de Andorra y el Reino de España establece las cláusulas para que una empresa o ciudadano español pueda acogerse al régimen fiscal andorrano, que presenta unas condiciones más atractivas. Así pues, para las empresas españolas la aplicación del CDI tiene los siguientes beneficios:
Sin embargo, para Andorra la aplicación del CDI aporta las siguientes ventajas:
Si necesitas recibir asesoramiento personalizado, contacta con el equipo de fiscales de IS21 sin ningún compromiso .